| El Nuevo Siglo
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Lunes, 13 de Mayo de 2019
Redacción Nacional

Después de que la reforma política claudicara la semana anterior, la única reforma constitucional que tiene posibilidad de aprobarse en esta primera legislatura es la que establece la segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá.

Precisamente la Comisión Primera del Senado tiene previsto mañana darle su séptimo debate, aunque la misma arriba a esta instancia con el precedente de que el Ministerio de Hacienda no rindió concepto positivo por los costos fiscales que implicaría, que tasa en más de $80.000 millones.

Por su parte el senador ponente para séptimo debate Miguel Ángel Pinto Hernández, del Partido Liberal, rindió un informe positivo sin proponer modificación alguna con relación al texto aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes.

La iniciativa de reforma constitucional presentada por parlamentarios del Partido Liberal tiene por objeto establecer el mecanismo de segunda vuelta en la elección del Alcalde Mayor de Bogotá cuando el candidato con mayor votación no alcance al menos el 40% del total de los sufragios y sobrepase al segundo aspirante más votado por 10 puntos.

Será declarado Alcalde Mayor quien obtenga el mayor número de votos en la segunda vuelta.

De esta forma, según los impulsores de la iniciativa, se busca resolver el problema ocasionado por la falta de representatividad y legitimidad del Alcalde Mayor, derivada de su elección con bajas votaciones, lo cual genera efectos directos en la legitimidad y confianza de las instituciones públicas distritales.

En 2003, Luis Eduardo Garzón fue elegido alcalde con 970.466 votos, con el 48,3% de la votación; en 2007 Samuel Moreno ganó con 902.013 sufragios, el 45,2% de la votación total; en tanto que en los comicios de 2011 Gustavo Petro ganó con 723.157 votos, el 32,2% de la votación. Finalmente en 2015 Enrique Peñalosa fue el triunfador con 903.764 sufragios, el 33,1% de la votación.

Impacto fiscal

En cuanto al impacto fiscal de la segunda vuelta en Bogotá la ponencia para séptimo debate indica que una de las probables críticas a este proyecto de acto legislativo tiene que ver con el gasto público adicional que generará. Sin embargo, sostiene que “la evidencia muestra lo siguiente: el costo de la segunda vuelta presidencial, realizada el mes de junio de 2018, fue de $39.723.538.439. Puede pensarse que el costo de una segunda vuelta en la elección a Alcalde Mayor de Bogotá es similar, dado que tienen características en común: se usa un único tarjetón, de fácil diligenciamiento por parte de los electorales; no está acompañado en la misma fecha de ninguna otra elección”.

Añade el senador Pinto en su ponencia que una elección de segunda vuelta es mucho más económica que, por ejemplo, una elección local, en la cual se elige Alcalde Mayor, Concejo Distrital y ediles. En su edición 2015, esta tuvo un costo total de $64.461.764.531.

No obstante, otra cosa piensa el Ministerio de Hacienda sobre este asunto, cartera que con el fin de dar un aproximado del impacto fiscal que representa esta segunda vuelta acudió a las proyecciones realizadas por la Organización Electoral y a las estimaciones hechas por este Ministerio para atender las votaciones de alcaldes y gobernadores en 2019, valoradas en $581.522 millones, con un total estimado de 100.459 mesas.

“Es decir, en promedio la instalación de una mesa de votación costaría alrededor de $5,8 millones. Así las cosas, adelantar un nuevo proceso de elección en Bogotá podría llegar a representar aproximadamente $80.804 millones en 2019 para un total de 13.959 mesas instaladas”, señala el Ministerio de Hacienda.

Agrega esta cartera que el proyecto “omite relacionar un estimativo puntual de los costos que podría representar la propuesta legislativa o su fuente de financiación, con lo cual se pasa por alto lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 819 de 2003”, la cual establece que en todo momento el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Dice también Hacienda que “es importante tener presente que este tipo de iniciativas puede motivar a otras entidades territoriales para que impulsen en el Congreso de la República proyectos de acto legislativo en el mismo sentido, lo que podría generar una mayor presión para las finanzas públicas de la Nación”.