Esta semana seguirá en el Consejo Nacional Electoral (CNE) la discusión del proyecto de resolución que introduce reformas a su reglamento interno, una de las cuales plantea la trasmisión en directo de las salas por la página virtual de esta Corporación o, de ser posible, por el Canal Institucional.
La iniciativa ha causado polémica en la Sala Plena porque mientras algunos magistrados opinan que ayudaría en el tema de la transparencia y credibilidad de la labor que realizan y de cara a la opinión pública, otros piensan que no se compadece con las decisiones jurídicas que toman y que además se prestaría para que algún togado caiga en la tentación de hacer el ‘show’ en sus intervenciones, a sabiendas que lo están registrando las cámaras.
Algunos Consejos Electorales de Suramérica trasmiten las sesiones en directo por medios como Twitter y Facebook, como sucede con el Consejo Electoral en Ecuador y el Instituto Nacional Electoral en México.
La reforma del reglamento interno corre a cargo de los magistrados del CNE que fueron elegidos en septiembre pasado por el Congreso en pleno.
El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Armando Novoa, consultado por EL NUEVO SIGLO, indicó “que en la Organización Electoral debe haber un principio del mayor nivel de publicidad posible de sus actuaciones. Los organismos electorales de otros países de la región como el Tribunal Electoral mexicano o el Tribunal Electoral de Brasil hacen trasmisiones en directo de sus deliberaciones y de sus votaciones”.
Añadió Novoa que de tal manera “creo que el reglamento actual del CNE, la Resolución 065 de 1996, no está en consonancia con la Constitución ni con la ley del derecho a la información y la transparencia. Son bienvenidas las iniciativas que estén destinadas a darle el mayor nivel de publicidad a sus deliberaciones”.
Novoa consideró que también sería importante tener en cuenta ahora que se quiere remozar el reglamento de esta Corporación, que “los actos administrativos del Consejo Electoral los deben firmar todos los miembros que adopten la decisión, no solamente el Presidente y el Vicepresidente. En el Consejo anterior firmaban a veces solo el Presidente, a veces el Vicepresidente, a veces ambos. Esos actos tienen que ser, a mi manera de ver, firmados por todos los integrantes de la sala”.
El actual reglamento del CNE ya tiene 23 años, establece que se reunirá ordinariamente una vez por semana, en el día y hora que él mismo determine, a menos que por razones de fuerza mayor acuerde en ciertas épocas una periodicidad distinta que no podrá superar a la establecida en la ley.
Este reglamento añade que las deliberaciones serán reservadas, pero podrá requerirse la presencia de funcionarios suyos o de la Registraduría, y el Registrador invitar, con la venia del CNE, a empleados de la entidad para que lo asesoren cuando lo considere necesario.
Además, el CNE podrá decidir que se oiga a funcionarios o empleados de entidades u organismos oficiales y conceder audiencia a personas particulares, representantes de entidades privadas o de partidos políticos que lo soliciten, con indicación del objeto de la audiencia.