La Corte, con cinco votos a favor, mantuvo la ley que impide ocupar cargos públicos a las personas que han sido declaradas fiscalmente responsables por la Contraloría.
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Este jueves la Corte Constitucional definió el futuro político del excandidato presidencial, y ahora senador, Gustavo Petro.
El Alto Tribunal determinó que el exalcalde de Bogotá está inhabilitado para desempeñar cargos públicos en Colombia.
Esto luego de que la Contraloría Distrital le impusiera en 2016 una multa de $217.000 millones y le embargara sus cuentas bancarias tras encontrarlo responsable fiscalmente por la reducción de las tarifas de Transmilenio.
"Si la sentencia de la Corte Constitucional es como anuncia la prensa significa que el Estado colombiano se va radicalmente en contra de la Convención Americana de DDHH y la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de Leopoldo Lopez que es obligatoria para Colombia", manifestó Petro minutos antes de conocer la decisión.
Decisión de la Corte Constitucional es de extrema gravedad: contradice el sistema interamericano de DDHH. Es inminente una nueva multa impagable del contralor con imputación de cargos por sobornos de Odebrecht.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) 25 de octubre de 2018
Quieren sacarnos de la política legal. Se cierra la democracia@CIDH
Petro se posesionó como Senador tras perder en la contienda presidencial, como lo permitió el Estatuto de la Oposición. Actualmente, la multimillonaria multa impuesta en su contra fue suspendida por una orden que emitió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca como medida provisional, mientras se estudia de fondo una acción judicial contra esa sanción.
Sin embargo, los morosos del Estado no pueden ocupar cargos públicos. Esto decidió el alto tribunal luego de tener en cuenta la ponencia de la magistrada Gloria Ortiz.
La Corte estudió una demanda que presentó el abogado Dagoberto Quiroga Collazos en contra de un parágrafo artículo 38 de la ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 de 2000, que establecen como inhabilidad para desempeñar cargos públicos haber sido declarado responsable fiscalmente. La ponencia que estudió la Sala Plena pedía que la norma se mantuviera tal y como está. La Sala Plena dejó las inhabilidades intactas con una votación 5-4.