| El Nuevo Siglo
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Viernes, 2 de Octubre de 2020
Redacción Política

Es improbable que el Gobierno o los partidos se animen a radicar en esta legislatura un proyecto para reformar la justicia, no hay ambiente e incluso hay sectores como el uribismo que dicen, por lo que ha sucedido, que el Congreso no quiere hacerla y por ello proponen llevar el tema a un referendo para que el pueblo decida.

No obstante, hoy arranca con una audiencia pública la discusión de una iniciativa de ley estatutaria de amplios alcances que plantea el Consejo Superior de la Judicatura.

Si esta iniciativa saldrá a flote a no en el Congreso es una incógnita, pero el hecho de que este quiera dar la discusión y no dejarla en los anaqueles para que se venza por términos, puede tomarse como beneficio de inventario.

La discusión de la reforma estatutaria a la justicia iniciará en la Comisión Primera de la Cámara, en donde a propósito el pasado miércoles también le dieron debate a un proyecto de reforma política que presentó el Partido Cambio Radical, por el cual muy pocos daban un peso porque en estos momentos las grandes reformas pareciera no tienen ambiente por un enrarecido ambiente político y las limitantes para los parlamentarios que tiene el hecho de sesionar de forma virtual debido a la pandemia.

La propuesta de reforma estatutaria se encuentra asociada con el Plan Sectorial de la Rama Judicial “Justicia moderna con transparencia y equidad” 2019-2022, formulado por el Consejo Superior de la Judicatura que se estructura sobre dos ejes principales: la transformación digital y la modernización de la infraestructura.

Señala el Consejo de la Judicatura que en las discusiones sobre reforma a la justicia se privilegian las iniciativas dirigidas a la modificación de la estructura, conformación y funcionamiento de las altas Cortes como elemento fundamental de la prestación del servicio de justicia. No obstante, indica que este proyecto de ley se encamina a la revisión y modificación de las normas en el nivel estatutario que comprende las regulaciones que dan forma al sistema de justicia y la manera como se opera en las distintas oficinas y despachos judiciales que, por su función, impactan en forma directa la prestación del servicio.

Los alcances

En la propuesta se adaptan las funciones del Consejo Superior a lo establecido por la Corte Constitucional en Sentencia C-285 de 2016, que escindió las antiguas salas que lo conformaban en dos entidades diferentes. Pervive el Consejo Superior de la Judicatura con las funciones de Gobierno y administración de la Rama y subsiste la Sala Disciplinaria mientras entra a operar la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

En este sentido, el proyecto busca resolver vía ley estatutaria los inconvenientes que se han presentado para la integración de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, estableciendo también los principios, reglas y el procedimiento aplicable para conformar las ternas que deben elaborar tanto el Consejo Superior de la Judicatura como el Presidente de la República. 

Resolver el bloqueo institucional actual es clave dado el papel que cumple esta jurisdicción como juez disciplinario de los jueces, tarea que es fundamental para garantizar la legitimidad de la justicia.

También se propone en el proyecto la reglamentación correspondiente a las convocatorias públicas para conformar ternas y listas de candidatos para la provisión de cargos de magistrados estableciendo los criterios de selección y las bases en que se debe fundamentar. Para las listas de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, se ajustan el número de integrantes que en la Ley 270 de 1996 era de cinco y con el Acto Legislativo 02 de 2015 pasó a diez.

De igual forma para favorecer la autonomía presupuestal de la Rama Judicial, el proyecto incluye un artículo que establezca la obligación de que el presupuesto de inversión de la Rama aumente anualmente un 5% más la tasa de inflación causada.  Por su parte el presupuesto de funcionamiento se debe actualizar en los gastos de personal en el incremento que decreto el Gobierno nacional para la respectiva vigencia más un aumento del 7% en todos los gastos de funcionamiento.