A pocos días de cumplir su periodo, el procurador general Fernando Carrillo radicó en la Cámara de Representantes un proyecto para ajustar las competencias sancionatorias de la entidad en investigaciones contra servidores públicos de elección popular por casos de corrupción y violación de derechos humanos.
Esto, de acuerdo a lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 8 de julio de 2020 en la que condenó al Estado colombiano por la destitución e inhabilidad impuesta al entonces alcalde Gustavo Petro.
El aspecto más llamativo de la iniciativa es que si bien el Ministerio Público no renuncia a las facultades que hasta el momento tiene de sancionar, para el caso de destitución e inhabilidad general que se aplique a funcionarios de elección popular (gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles) la decisión dependerá de un fallo judicial.
“La iniciativa acoge un sistema de garantías que en ningún caso debilitará las sanciones expeditas que deberán imponerse a los servidores públicos de elección popular cuando cometan actos de corrupción o incurran en violaciones a los derechos humanos. Un régimen legal que reafirma la tradición jurídica de las altas Cortes colombianas y que redundará en actuaciones garantistas, efectivas y contundentes”, aseguró el procurador Carrillo en la presentación de la iniciativa.
Añadió que “este proyecto, de ser Ley de la República, demostrará que es posible armonizar toda la convencionalidad como sistema integral y avanzar en un camino abierto de interpretaciones sistemáticas y evolutivas de plenas garantías de la Convención Americana sobre Derecho Humanos y efectivas con las convenciones contra la corrupción”.
El proyecto establece que sea un juez administrativo quien defina la sanción de destitución e inhabilidad general que imponga la Procuraduría en los casos de corrupción y violación de derechos humanos.
Plantea que las decisiones sancionatorias que resulten de la actuación del Ministerio Público en el evento que conlleven una destitución e inhabilidad del servidor tengan un control jurisdiccional automático e integral de legalidad antes de producir efectos jurídicos.
De esa forma, según el Ministerio Público, se incluye el principio de jurisdiccionalidad y se da cumplimiento a lo expresado en el fallo de la Corte IDH, lo que afianza la compatibilidad entre el sistema de responsabilidad disciplinaria y la convencionalidad, conformada por los tratados internacionales que acogen las convenciones en materia de derechos humanos y lucha contra la corrupción.
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