Toda apunta a que las coaliciones o alianzas de partidos crecerán en las elecciones del próximo año, especialmente para Congreso de la República, después de que la reciente reforma al Código Electoral reglamentara esta figura a nivel de corporaciones públicas. No obstante hay incertidumbre sobre cómo funcionarán estos acuerdos en caso de que alcancen las curules, en aspectos clave como la Ley de Bancadas y la responsabilidad política.
Así lo manifestó a EL NUEVO SIGLO la directora Ejecutiva de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios.
“Todo el tema de coaliciones para corporaciones públicas viene desde que tenemos el Estatuto de la Oposición. Y ¿eso qué significa?, que lo que se están generando son espacios para que los partidos políticos puedan seguir manteniendo representación en las corporaciones públicas y personería jurídica”.
No obstante, Barrios dijo que les preocupa seriamente “que las coaliciones en lugar de cumplir con el objetivo de poder tener una democracia que se enriquezca, terminen generando un escenario donde los partidos políticos no responden por las decisiones que toman porque hoy no son claras, y en el Código siguieron sin estar claras cómo deben funcionar los partidos políticos en términos de bancada, cuáles son las responsabilidades que van a tener también en términos de responsabilidad política”.
Barrios explicó que como hoy están las cosas todo queda sujeto al acuerdo político que hacen, que queda por escrito, “pero en términos de responsabilidad lo que pareciera que va a terminar sucediendo es que se unen con el objetivo electoral de consecución de los votos, de superar los umbrales, de obtener la máxima votación, pero cuando hablamos de trabajo, en cualquiera de las corporaciones, desde Congreso hasta concejos, ahí no hay una responsabilidad de identificación ideológica, de compartir principios, de compartir programas u objetivos, y eso es malo para la democracia”.
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Las coaliciones para cargos uninominales (Presidente de la República, Gobernador y Alcalde) ya existían, por lo cual la Reforma de Equilibrios de Poderes del año 2015 las habilitó para que funcionaran también en las corporaciones públicas (Congreso, asambleas, concejos y JAL)
Al respecto establece la Constitución en el artículo 262: “Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el 15% de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas”.
Sin embargo, para las elecciones de 2018, las coaliciones para corporaciones públicas no habían sido aún reglamentas, por lo que las colectividades de la oposición tuvieron que acudir a la tutela para poder hacer este tipo de alianzas.
El fallo de tutela No. 2500023420002017–05487-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca autorizó a las colectividades que presentaron este recurso inscribir coaliciones en las listas al Senado y la Cámara en los comicios de 2018, al entenderlo como un derecho de aplicación inmediata que no requiere de previo desarrollo legislativo o de algún tipo de reglamentación legal o administrativa para su eficacia directa, y que no contempla condiciones para su ejercicio en el tiempo, de modo que son exigibles en forma directa e inmediata.
Con base en el fallo, los partidos Alianza Social Independiente (ASI), Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) y Unión Patriótica (UP) inscribieron listas en coalición para las elecciones a Senado, alcanzando la votación suficiente para obtener cuatro curules, y en Cámara de Representantes en las circunscripciones de Bogotá́ D.C., Cundinamarca, Risaralda, Bolívar, Tolima y Sucre en los comicios del 2018, obteniendo la suficiente votación para ocupar dos curules.
La reforma
Por estos días es materia de análisis en la Corte Constitucional la reciente Reforma al Código Electoral, que como se dijo, entre otras hizo la reglamentación de las coaliciones para corporaciones públicas.
Se prevé que la disposición sobre coaliciones supere el control de la Corte, pues no hace cosa distinta que reglamentar una norma en esta materia que está en la Carta Política.
En consecuencia, en las elecciones parlamentarias del año próximo los partidos podrán presentar listas compartidas sin necesidad de recurrir a la tutela, como sucedió en 2018.