
El mandatario anunció que ningún proyecto de ley podrá ser presentado sin antes evaluar el impacto fiscal que tendrán cada una de las iniciativas
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Con la finalidad de que el Gobierno nacional obre de manera coordinada y eficiente en la presentación de iniciativas ante el Congreso de la República, el presidente Iván Duque expidió la primera Directiva de su mandato (No. 06), en donde se establecen unos lineamientos sobre el trámite previo a la radicación.
Una de las disposiciones es que todo proyecto de ley o de acto legislativo de iniciativa gubernamental deberá contar con un visto bueno de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República.
La Directiva presidencial va dirigida a los 16 ministros y a los directores de departamento administrativo.
En consecuencia, todo proyecto de ley o de acto legislativo de iniciativa gubernamental, antes de su radicación en el Congreso dela República, deberá ser radicado previamente ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, quien hará una revisión preliminar de orden jurídico de la iniciativa con el fin de determinar que esté ajustado a las normas de orden constitucional y consecuentemente emitir su concepto sobre la viabilidad jurídica o realizar las observaciones que se consideren necesarias.
La radicación del respectivo proyecto deberá hacerse mediante comunicación suscrita por el Ministro que lidera la iniciativa legislativa o constitucional, acompañando, entre otros documentos, por el texto de la iniciativa, exposición de motivos, la cual igualmente deberá llevar todos los documentos que se mencionan en ella, tales como estudios, conceptos, acuerdos y demás.
Si el proyecto de ley tiene impacto fiscal que ordena gasto u otorga beneficios tributarios, ello deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y estar acompañado de un concepto previo por parte del Ministerio de Hacienda.
Cuando el proyecto de ley tenga incidencia o sea transversal con otros sectores administrativos, será necesario que la propuesta normativa haya sido puesta en conocimiento del respetivo Ministro o Director de Departamento Administrativo y acompañar el pronunciamiento que sobre el particular se haya emitido.
Los proyectos de ley deberán enviarse con suficiente antelación a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la Republica, para lo cual se adoptan los siguientes plazos: no menos de seis días hábiles si el proyecto tiene menos de 20 artículos; no menos de diez días cuando el proyecto contenga de 21 a 50 artículos, y no menos de 20 días cuando los artículos sean más de 50.
De igual manera establece la Directiva que “dado que la radicación de las iniciativas legislativas y constitucionales en la Secretaría Jurídica no tiene por finalidad exclusiva el análisis jurídico, antes de radicar el proyecto de ley o iniciativa constitucional en el Congreso por parte del Ministro, se requerirá del previo concepto de la Secretaría Jurídica y la aprobación del Secretario General del Dapre (Departamento Administrativo de Presidencia de la República), lo cual permitirá tener un control y visión integral de la agenda legislativa del Gobierno nacional”.
Política criminal
Cuando se propongan o tramiten proyectos de ley o actos legislativos que incidan en la formulación y diseño de la política criminal, en el funcionamiento del Sistema de Justicia Penal, Penitenciario y Carcelario, corresponde al Ministro de Justicia y del Derecho constatar mediante pronunciamiento escrito que se está dando aplicación al estándar constitucional mínimo de una política criminal respetuosa de los derechos humanos.
Igualmente esta clase de proyectos deberán venir acompañados de un pronunciamiento del Consejo Superior de Política Criminal.
Decretos reglamentarios
La mencionada Directiva presidencial establece también que los proyectos de decreto reglamentario para firma del Presidente de la República se radicarán en la Secretaría Jurídica para su debida revisión, firmados por los respectivos ministros y directores de Departamento Administrativo que intervienen en la formación y expedición del decreto.
En los partidos
En la mayoría de partidos políticos y sobre las iniciativas de ley de los parlamentarios el procedimiento es muy general y no tiene establecido un visto bueno de la colectividad o de la bancada. Solamente la recomendación es que los textos sean congruentes con la plataforma ideológica de la colectividad.
En el caso de los partidos de La U y Liberal, los parlamentarios de Senado y Cámara acostumbran a socializar las iniciativas con sus compañeros de bancada.
Mientras que en el Centro Democrático las iniciativas de sus parlamentarios son discutidas en bancada con el fin de que se ajusten en lo posible al programa del presidente Iván Duque, teniendo en cuenta que es el partido de gobierno.
La Directiva presidencial advierte que dado que la radicación de las iniciativas legislativas y constitucionales en la Secretaría Jurídica no tiene por finalidad exclusiva el análisis jurídico, antes de radicar el proyecto de ley o iniciativa constitucional en el Congreso por parte del Ministro, se requerirá del previo concepto de la Secretaría Jurídica y la aprobación del Secretario General del Dapre (Departamento Administrativo de Presidencia de la República), lo cual permitirá tener un control y visión integral de la agenda legislativa del Gobierno nacional.
Normas inútiles
El Congreso tramita un proyecto mediante el cual se compromete a revisar el estado de finalización de la vigencia de unos cuerpos normativos que, en su integridad, previamente la perdieron, como consecuencia de diversos fenómenos jurídicos que regulan los efectos de la ley en el tiempo.
Adicionalmente este proyecto de ley, que radicó el Ministerio de Justicia y que ya fue aprobado en primer debate, busca derogar de manera expresa e integral un grupo de cuerpos normativos de carácter general y abstracto de rango legal que han sido identificados por las oficinas y dependencias jurídicas de los 24 sectores de la Administración Pública Nacional como depurables dado el agotamiento de su objeto, su estado de desuso, su situación de obsolescencia, anacronismo y de incompatibilidad con el régimen constitucional vigente.
En su parte motiva, este proyecto indica que el desbordamiento del ordenamiento jurídico ha adquirido proporciones tan grandes que se han detectado entre 1866 y 2014 más de 15.000 normas de rango legal, sin que exista certeza acerca de su vigencia, circunstancia que impide que los destinatarios de las mismas puedan conocer a cabalidad las reglas que les rigen para proceder a su cumplimiento. Esta situación deriva no solo en el debilitamiento del principio constitucional de seguridad jurídica, sino a su vez en la ausencia de apropiación normativa.