Definitivamente la Corte Suprema de Justicia no revisará la sentencia de 17 años y cuatro meses que le impuso al exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro.
La Sala Penal de la corporación rechazó los argumentos del Comité de Derechos Humanos de la ONU que en noviembre pasado le pidió revisar el caso Arias argumentando que al exministro se le violó el debido proceso pues no tuvo acceso a la segunda instancia.
De acuerdo con el magistrado Luis Antonio Hernández, la solicitud del Comité de DH de la ONU “es inaplicable”, pues explicó que la Corte “carece de facultades legales para suprimir los efectos de cosa juzgada a la sentencia que se dictó –en septiembre de 2014- contra el señor exministro, y mucho menos la Corte tiene la facultad de decir el órgano de justicia que sería segunda instancia en ese caso”.
Al respecto, le jurista dijo que debe ser el Congreso de la República el encargado de adoptar “mediante una reforma constitucional las normas que permitan aplicar esa doble instancia de forma retroactiva para suprimir el hecho de cosa juzgada”.
La Corte Suprema explicó que los beneficios del acto legislativo 01 de 2018 que creó la segunda instancia para aforados constitucionales entró a regir cuatro años después de que se emitiera la condena contra el exministro Andrés Felipe Arias.
Y concluyó el magistrado Hernández que de revisar de forma retroactiva la condena al exministro de Agricultura “abriría la puerta para revisar todas las condenas contra los aforados emitidas antes de la entrada en vigencia de la primera instancia”.