El senador Gustavo Petro, jefe del movimiento político Colombia Humana, envió un concepto a la Corte Constitucional en el que plantea la necesidad replantear una norma del Código Electoral aprobado por el Congreso a finales de 2020, y que impide a movimientos como el suyo participar en las próximas elecciones presidenciales.
En uno de los apartes del concepto se advierte que en el nuevo Código Electoral, que fue aprobado sin el respaldo de varios grupos de oposición, “se cercenó gravemente el derecho de los partidos y movimientos políticos sin personería, los cuales sí existen”.
Este artículo es decisivo, a juicio de Petro, pues de mantenerse en la normatividad que está en revisión jurídica de la Corte, impide hacer coaliciones a movimientos políticos sin personería jurídica.
Esto afectaría a movimientos como Compromiso Ciudadano, de Sergio Fajardo; Todos Somos Colombia, de Clara López, Colombia Humana, de Gustavo Petro; Dignidad, de Jorge Robledo; Patria Nueva, integrado por exintegrantes de la Fuerza Pública y el Partido de los Trabajadores de Colombia que lideran sectores sindicales.
El único partido de oposición que hoy cuenta con personería jurídica vigente es el Partido Verde.
Los afectados sostienen en el concepto a la Corte que esta normatividad lesiona el principio de igualdad para los movimientos significativos de ciudadanos que no cuentan con personería jurídica.
El concepto enviado por Colombia Humana y otros movimientos ciudadanos se radicó en la etapa de intervenciones que convocó la Corte Constitucional antes de emitir un fallo final programado para las próximas semanas, y que fijará las reglas de juego para los comicios del año entrante.