| El Nuevo Siglo
Lunes, 12 de Abril de 2021
Redacción Política

En el marco del control de legalidad que le corresponde al Consejo de Estado a los decretos que expidió el presidente Iván Duque el año pasado, en uso de facultades extraordinarias durante las dos emergencias económicas, sociales y ecológicas a las que acudió para enfrentar el virus del covid-19,  el alto tribunal declaró ajustada a derecho la resolución por medio de la cual el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecieron una opción de tarifas transitorias para el pago del servicio público de gas.

A través de ese acto administrativo se establecieron mecanismos para que los usuarios pudieran cancelar la tarifa por el servicio a través de pagos diferidos. Así, se estipularon unas reglas de pago diferido para los estratos 1 y 2 y el ofrecimiento a los usuarios pertenecientes a los demás niveles socioeconómicos para pactar condiciones que se ajustaran a su capacidad de pago.



El Consejo de Estado declaró legal la medida. Sostuvo que uno de los decretos legislativos que dictó el Gobierno en el marco de la Emergencia Social, Económica y Ecológica otorga facultades a la Creg para diferir estos cobros mientras dure la emergencia sanitaria. Ello implica que la resolución está fundada en un precepto legal válido para su expedición.

“De ahí que la Creg encontró necesario, y ante la habilitación que le fue conferida, estableció una tarifaria transitoria para privilegiar a los usuarios del servicio domiciliario de gas ante un eventual incumplimiento, al posibilitar la aplicación de un pago diferido que se ajuste a las eventuales circunstancias que lleven a una disminución de ingresos económicos de la población, la cual se proyectó como una de las consecuencias de la pandemia”, dice el fallo.