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Miércoles, 15 de Abril de 2020
Redacción Nacional

Sesionando de forma virtual por las restricciones debido al coronavirus las altas Cortes siguen desarrollando su labor estudiando y tomando decisiones en expedientes, ello a pesar de que el Consejo Superior de la Judicatura suspendiera términos hasta el próximo 26 de abril, cuando finaliza el aislamiento obligatorio que ordenó el Gobierno nacional para cortarle vuelo a la rápida propagación del virus.

Por el lado de la Corte Constitucional se reunirá el día hoy y de mañana en sala plena que se llevará a cabo de forma virtual, como ha ocurrido en las pasadas semanas. En el orden del día se contempla el estudio de varias demandas contra leyes y decretos frente a las cuales están suspendidos los términos por la pandemia.

Entre las demandas está la acción contra dos artículos de Ley 1823 de 2017, por medio de la cual se establecen las salas amigas de familias de lactante en el entorno laboral. Así mismo la demanda contra un artículo de la Ley 1882 de 2017, que tiene que ver con la adopción por el Gobierno nacional de documentos tipo para pliegos de condiciones en los procesos de selección.

También el tribunal constitucional tiene previsto esta semana revisar una demanda contra un artículo de la Ley 1454 de 2011 sobre planes de ordenamiento territorial, en donde se faculta al departamento para establecer directrices y orientaciones en materia de uso y ocupación del espacio y su articulación con los POT (Planes de Ordenamiento Territorial) de los municipios.

Sin embargo la tarea más urgente que por estos días adelanta la Corte Constitucional es la revisión del decreto por medio del cual el presidente Duque el pasado 17 de marzo declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica por el coronavirus, así como la revisión de 40 decretos más que se expidieron en este marco para diferentes sectores.

El alto Tribunal tiene 26 expedientes de control de constitucionalidad a decretos legislativos expedidos por el Gobierno en el marco del control de la pandemia, entre estos el Decreto 417 del 17 de marzo pasado por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional. Así como el Decreto 438 del 19 de marzo de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias.

Consejo de Estado

El alto Tribunal en sus diferentes salas también vienen sesionando los magistrados de forma virtual y estudiando los expedientes. Esta semana se tenía previsto hacer sala plena, pero finalmente no se pudo llevar a cabo.

De igual forma a pesar de la suspensión de términos en los procesos adelantados por la jurisdicción contencioso administrativa, el Consejo de Estado y los tribunales administrativos del país estudian los decretos de su competencia y no de la Corte Constitucional que han dictado los gobiernos locales y Nacional en el marco del estado de emergencia que fue decretado en el país como respuesta a la crisis generada por el covid-19.

Esto gracias al acuerdo por medio del cual el Consejo Superior de la Judicatura exceptuó de la medida de suspensión de términos ordenada a propósito de esta emergencia sanitaria, el ejercicio de control automático de legalidad a los actos administrativos que dicten las autoridades locales y Nacional.

Lo anterior implica que la legalidad de estos decretos que dicte el Gobierno Nacional podrá ser estudiada por el Consejo de Estado, a pesar de la orden de suspender términos judiciales.

A su vez, los tribunales administrativos de los distintos distritos judiciales del país podrán adelantar el juicio respectivo a los decretos que dicten las autoridades locales por motivo de esta emergencia.

Corte Suprema

El alto Tribunal también está sesionando virtualmente en sus distintas secciones y tomando decisiones. Hoy también hay salas especializadas y se van a tomar determinaciones así como habrá una audiencia virtual.

De igual forma la Corte Suprema de Justicia sesionó en sala plena el pasado lunes, cuando determinó que en virtud de la extensión de la Cuarentena Nacional y el aislamiento social obligatorio, otorgar a las Salas de la Corporación la posibilidad de ampliar las excepciones a la suspensión de términos judiciales en aquellos asuntos en los que lo consideren necesario y en la medida en que los medios telemáticos y electrónicos disponibles lo vayan permitiendo.

En consonancia con ello el día de ayer la Sala de Primera Instancia determinó ir reanudando progresivamente las audiencias sin preso, por criterios de prescripción, no complejidad y posibilidad de realizarlas virtualmente.