
El Consejo de Estado manifestó que Leonardo Puentes podrá contratar pese a que esté en vigencia las restricciones que establece la Ley de Garantías
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Pese a encontrarse en vigencia las restricciones de contratación que establece la Ley de Garantías Electorales, el alcalde de Yopal, Leonardo Puentes, podrá contratar y nombrar a los miembros que harán parte de su gabinete.
Así lo anunció la Procuraduría General de la Nación a través de un comunicado, en el que manifestó que el Consejo de Estado acogió la petición del Ministerio Público.
“Sería una contradicción que el nuevo Alcalde de Yopal tenga la obligación de cumplir con su programa de gobierno y garantizar un buen servicio, pero al mismo tiempo no pueda contar, en razón de las referidas restricciones, con las herramientas suficientes y necesarias para el efecto”, precisó el tribunal al advertir que las limitaciones de la Ley de Garantías no son absolutas.
Señaló que cualquier modificación a la nómina de la alcaldía podrá hacerse solo de manera excepcional y en casos donde apliquen las normas de carrera administrativa y para la provisión de cargos por faltas definitivas. En todo caso, el alcalde deberá justificar que el nombramiento que realice es indispensable para el cabal desarrollo de la función pública.
La ley de garantías electorales, que entró a regir el 11 de noviembre del 2017, prohíbe desarrollar cualquier tipo de contratación, cuatro meses antes de las contiendas electorales, por lo cual gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, no pueden vincular o desvincular personal o modificar la nómina de la entidad.
Ante esto, la ley dicta que cualquier contratación se deberá hacer cuando sea elegido el próximo Presidente de la República.