| El Nuevo Siglo
Procuraduría
Jueves, 12 de Enero de 2023
Redacción Web

Nuevamente quedó el interrogante sobre cómo debe ser el procedimiento ante la justicia para solicitar la libertad de jóvenes en las cárceles que son designados voceros de paz por el Gobierno nacional. Fue rechazada ayer una petición en ese sentido para tres personas, pues el Juzgado 28 Penal de Conocimiento de Bogotá dijo que no es su competencia sino la de un juez de garantías. 

Desde finales del año anterior, el Gobierno nacional adelanta una estrategia enmarcada en su política de paz, que consiste en nombrar como voceros de paz a jóvenes para que trabajen en sus comunidades en conflictividad social. 

Para este propósito el presidente Petro está designando únicamente jóvenes que están en las cárceles señalados por la Fiscalía por delitos en las protestas sociales del año 2021, cumpliendo de esta forma una de sus promesas de campaña, pues el entonces candidato manifestó que muchas de esas personas están privadas de la libertad sin que existan pruebas en su contra de cometer delitos.  

Los jóvenes a los que el Juzgado 28 Penal de Conocimiento de Bogotá les negó la libertad son Luidiar Felipe Camacho Chaves, Steven Guevara Vega y Daniel Fernando Ruiz, quienes están en la cárcel La Modelo señalados de actos vandálicos durante el paro nacional de 2021. 

Cabe recordar que estas tres personas hacen parte de los 10 que fueron nombrados voceros de paz por el Gobierno el pasado 30 de diciembre. 


Le puede interesar: Reconocer a niños en la guerra como víctimas: JEP


"La única autoridad judicial facultada para afectar su libertad personal u otros derechos fundamentales, durante el trámite del proceso penal, es el Juez de Control de Garantías", señaló el citado juzgado en su providencia. 

Incluso el operador judicial le recordó al alto comisionado para la Paz, Danilo Rueda, que en diciembre pasado ya le había informado que no tiene competencia para otorgar este tipo de libertades. 

El pasado 22 de diciembre, un juez concedió la libertad a Adriana Esperanza Bermeo y Santiago Márquez Charriz, atendiendo de esta forma la petición del Gobierno. 

Sin embargo, la Procuraduría consideró que esto se dio de manera irregular porque la funcionaria de la unidad judicial de Paloquemao, en Bogotá, que dio la autorización no estaría facultada para ello.