Minsalud pide a Corte Constitucional no aplicar fallo de eutanasia | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano - El Nuevo Siglo
Jueves, 28 de Octubre de 2021
Redacción Nacional

El Ministerio de Salud, a través de una solicitud de aclaración que radicó ante la Corte Constitucional, le advirtió a ese alto Tribunal que no le es posible aplicar el fallo en el que el juzgado 27 civil del circuito de Medellín ordenó reversar la decisión que suspendió el trámite de eutanasia a Martha Sepúlveda el pasado 8 de octubre.

El despacho judicial le ordenó a la IPS Instituto Colombiano del Dolor S.A.S. que en un "término improrrogable" de 48 horas "acuerde con la señora Martha Lina Sepúlveda Campo, el día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento eutanásico, siempre y cuando esta mantenga su voluntad de practicarlo".

El juez determinó que la IPS le vulneró estos derechos a la mujer, quien ya tenía el aval para practicarse la eutanasia el 10 de octubre del presente año.

La IPS debe "cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto", en la cual se le "reconoció que cumplía con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia, según lo establecido por el precedente jurisprudencial".

Según se conoció del documento que emitió el Ministerio, resulta incongruente que sea la cartera de salud la que regule derechos fundamentales, cuando este tema debe ser objeto de una ley estatutaria, tramitada por el Congreso de la República.


Le puede interesar: Juez ordena a IPS Incodol eutanasia a Martha Sepúlveda


De esta manera, el Ministerio de Salud hizo énfasis en la parte del fallo que reconoce la eutanasia para el paciente que padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable.

El Ministerio indicó que el fallo es ambiguo, pues por intenso sufrimiento psíquico puede entenderse que los que padecen trastornos mentales podrían solicitar la eutanasia, al igual que aquellos pacientes que tienen intensos dolores musculares.

El pasado 8 de octubre, a menos de 48 horas de realizarse la eutanasia, el Instituto Colombiano del Dolor S.A.S (Incodol) le notificó a Martha Sepúlveda que tras el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad se “concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento” al considerar que no cumplía con "el criterio de terminalidad".

Martha Sepúlveda Campo fue diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y, con el tiempo, se le agudizaron los dolores, el daño muscular y las dificultades para moverse.