Un plazo de 48 horas dio una jueza de Bogotá a la alcaldesa Claudia López para retractarse y rectificar unas declaraciones dadas sobre el exalcalde Enrique Peñalosa, en las que señalaba que su antecesor era un "vendedor de buses".
“A Peñalosa le importan el negocio de sus buses y sus troncales de diésel, que es su juguete, y hay otros que pelean por un tranvía, sobre el cual se han hecho estudios en 15 años y nunca se ha podido hacer. Los ciudadanos no están ni por el tranvía del uno ni por el negocio de los buses del otro”, dijo la alcaldesa en una entrevista para Semana.
Como ciudadano colombiano agradezco que nuestra Justicia en fallo de tutela haya protegido mi buen nombre y le haya ordenado a la alcaldesa Claudia López retractarse y rectificar dentro de las próximas 48 horas lo que dijo con relación a que yo tenía negocio de buses.
— Enrique Peñalosa (@EnriquePenalosa) February 25, 2021
Estas palabras causaron indignación en Peñalosa, quien le pidió a López rectificar sus declaraciones que, según el, algunas declaraciones que ha hecho en su contra y que afectaron su imagen.
“Claramente en la última parte de esa frase usted alude a mi de manera implícita pues antes había mencionado que supuestamente mi negocio son los buses de Transmilenio. En la actualidad no tengo y en el pasado jamás he tenido jamás ninguna relación de negocios con ninguno de los operadores, contratistas o proveedores”, señaló en su momento Peñalosa.
No obstante, la alcaldesa se negó a retractarse, razón por la cual el exmandatario de la capital acudió a una tutela para hacer valer sus derechos a la honra, buen hombre e imagen pública, la cual fue fallada a su favor este jueves.
La juez Ana María Sosa determinó que “si bien el señor Peñalosa Londoño ha abanderado y promovido, desde distintos escenarios, el sistema TransMilenio, no solo a nivel local, sino que, ha compartido su experiencia y opinión a nivel mundial, ello no significa que su interés en él trascienda al campo de los negocios personales”.
Por lo tanto, consideró que los argumentos de López “carecen de fundamento, pues aún, a la luz del contexto en el que fueron pronunciadas, dan a entender que el interés del accionante en los programas y/o planes de movilidad, propuestos o liderados en ejercicio de su actuar como dirigente de la ciudad, fueron motivados, no en el interés público o general, sino en su beneficio particular de cariz económico”.
A continuación el fallo completo: