Hinchas violentos no podrán ingresar hasta por 5 años al estadio | El Nuevo Siglo
Felipe Jiménez, secretario de Gobierno, presentando las nuevas medidas para eventos deportivos. /Secretaría de Gobierno.
Secretaría de Gobierno
Domingo, 7 de Mayo de 2023
Redacción Nacional

La administración distrital ha dispuesto nuevas disposiciones normativas y operativas en los escenarios de fútbol de la ciudad. Es así, como la ciudad implementará individualizar a los violentos que causen actos vandálicos al interior y por fuera de los estadios.

Se dispondrá de un inspector de Policía en cada juego programado que sancionará administrativamente y en tiempo real este tipo de conflictos. Este funcionario estará acompañado por líderes de las barras, Personería y Veeduría Distrital, así como el equipo de derechos humanos de la Secretaría de Gobierno.

“Tendremos una logística de seguridad muy robusta para evitar cualquier acción violenta, pero sobre todo para promover todas las acciones de convivencia y paz al interior y en los alrededores del estadio El Campín”, afirmó Felipe Jiménez, secretario de Gobierno.

De esta manera, en compañía de líderes barristas, la Comisión Distrital de Seguridad, Comodidad y Convivencia para el Fútbol de Bogotá, la Policía Metropolitana, Sijin, y los equipos de Goles en Paz como de Diálogo y Convivencia, establecen las nuevas disposiciones que entraron en vigencia con el fin de fortalecer el respeto en este deporte y prevenir todos los hechos contrarios a la seguridad y la convivencia.

Durante el 2023 y a la fecha en Bogotá se han jugado 87 partidos, 46 en el Estadio Metropolitano de Techo, 41 en el Estadio Nemesio Camacho El Campín, con una asistencia de 551.498 personas, de las cuales han sido 47.304 visitantes que han llegado en 63 buses provenientes de ciudades como Medellín, Pasto, Cali, Santa Marta, Barrancabermeja, Cúcuta, Barranquilla, Tunja, Manizales, Bucaramanga, Ibagué, Pereira, también de Países como Argentina y Brasil.



Se dará aplicación a las disposiciones establecidas en la ley 1445 de 2011, la cual establece como sanciones: Imposición de multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período entre seis (6) meses a tres (3) años, para la persona que, dentro de un espectáculo deportivo, estadio, cancha o tribuna, pretenda ingresar, o esté en posesión o tenencia de cualquier tipo de arma de fuego, arma blanca, o cualquier tipo de estupefacientes.

Las sanciones aplican también para quienes promuevan o causen violencia contra miembros de la fuerza pública, a quienes invadan el terreno de juego, si no atienden las recomendaciones de los cuerpos de logística en lo que tiene que ver con la ubicación y tránsito de lugares no autorizados para el público y para quienes inciten o cometan acto de agresión física o verbal sobre otra persona, así como daños a la infraestructura deportiva pública.