El Tribunal Superior de Bogotá ratificó en segunda instancia que Daneidy Barrera Rojas, mas conocida en redes sociales como Epa Colombia, tendrá que pagar una condena de 63 meses y 15 días de cárcel, además le impone unam inhabilidad para desempeñarse como influencer o youtuber por el mismo término de la sanción principal.
El tribunal aseguró que Epa Colombia no podrá tener prisión domiciliaria porque su pena sobrepasa el máximo para acceder a ese beneficio, del mismo modo tendrá que hacer el pago de una multa de 492 salarios mínimos.
La youtuber, es condenada por unos videos que ella misma grabó y publicó a través de sus redes sociales en noviembre de 2019 mientras destruía estaciones de TransMilenio, en Bogotá, e incentivaba a los desmanes.
Por este hecho, la influencer en marzo de 2020 Barrera fue condenada por el juzgado segundo penal especializado de Bogotá, que la sentenció a tres años y medio de cárcel, así como también le impuso una prohibición para usar sus redes sociales por ese tiempo, y una multa de 25 salarios mínimos.
En este sentido, la Sala de Decisión, con ponencia del magistrado Efraín Adolfo Bermúdez, consideró que "el hecho de que la procesada haya creado y pregonado un video en la red social Facebook, en el que vocifera mensajes de inconformismo con el Gobierno Nacional y asola una estación del sistema de transporte público de Bogotá, no puede ser calificado como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión".
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Cabe resaltar que la condena se vió fundamentada por la Fiscalía que le imputado cargos por perturbación del transporte público, daño en bien ajeno e instigación para delinquir con fines terroristas, pero el juez no la condenó por ese último delito y en consecuencia la empresa Recaudo Bogotá, acreditada como víctima en el proceso, apeló la decisión.
Isnardo Gómez, representante de Recaudo Bogotá, explicó que en primera instancia la juez la absolvió por el delito de instigación con fines terroristas, y ahora el Tribunal sí la condenó por ese delito. Sin embargo, como la influencer había aceptado los cargos y había realiado un preacuerdo con la Fiscalía, la pena pasó de 115 meses a 63 meses y 15 días.
El abogado de la procesada, por su parte, señaló que ella no había tenido derecho a una defensa adecuada.
Finalmente la Sala insistió en que lo mostrado en las redes de Barrera Rojas no tuvo como finalidad "el incremento en el número de fanáticos de las plataformas virtuales" sino el convencimiento "al conglomerado para la comisión de delitos, verbigracia, daño en bien ajeno y perturbación en servicio de transporte público".
Dentro de los datos más relevante de la sala es la alta exposición que tiene la influencer y que los hechos alcanzaron un alto alto nivel de peligrosidad, justamente por el reconocimiento que la mujer tiene en las redes sociales.