| El Nuevo Siglo
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Martes, 9 de Febrero de 2021
Redacción Web

El cese inmediato de la comercialización y venta del dióxido de cloro por el canal del comercio electrónico ordenó  la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debido al auge de algunas personas que empezaron a recomendar el consumo de este producto para prevenir el contagio del covid-19. 

El organismo alertó que, según el Invima, el consumo del dióxido de cloro y cualquiera de sus derivados o relacionados puede traer efectos adversos para la salud y por lo cual, esa entidad no ha autorizado el registro sanitario para la comercialización de esta sustancia como medicamento.

En ese sentido, la Superindustria nombró a los sitios web https://amigosdeverdad.org/ y https://cdscolombia.com, los cuales, según aseguró, serían posibles comercializadores del producto “Dióxido de cloro– CDS”, indicando que este atribuye propiedades antimicrobianas, antivirales y antibacterianas. 

Por lo tanto, indicó que este tipo de informaciones podrían inducir en error a los consumidores, haciéndoles pensar que es efectivo en el tratamiento de distintas enfermedades incluido el virus covid-19 y ordenó retirar las publicaciones del producto y sus similares, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.

Asimismo, la entidad pidió remitir los datos del administrador y/o propietario del sitio web https://cdscolombia.com/; e informar el nombre o razón social, identificación y datos de contacto del laboratorio que fabrica el producto denominado “Dióxido de Cloro” que se ofrece y si este cuenta con registro del Invima.

En caso de no hacerlo, la SIC impondrá multas de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) a los señalados, la cual podría aumentar hasta 2.000 smmlv en caso de encontrar alguna conducta que viole los derechos de los consumidores.

El total de órdenes impartidas a la fecha por la comercialización de “Dióxido de cloro” en Colombia ya suman 30 y son las siguientes:

SIC