Diez días para reubicar a indígenas del Parque Nacional | El Nuevo Siglo
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Domingo, 19 de Diciembre de 2021
Redacción Web

El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Suba falló a favor de la tutela que interpuso el personero de Bogotá , Julián Pinilla, en la que le solicita al distrito identificar un lugar de reubicación para los Emberá que se encuentran en el Parque Nacional Olaya Herrera.

El lugar debe contar con condiciones sanitarias adecuadas y además debe respetar sus costumbres y tradiciones culturales.

Ante las “condiciones de vulnerabilidad extrema en las que se encuentran y con el propósito de evitar un perjuicio posterior e irreparable en la vida, dignidad humana, salud, derechos prevalentes de niños y niñas, integridad étnica, diversidad e identidad cultural, derechos de los adultos mayores, seguridad alimentaria, mínimo vital, vivienda en condiciones dignas, unidad familiar, salubridad, reparación y atención integral con enfoque diferencial étnico indígena, autodeterminación y consulta previa”, la medida provisional concedida ordena acciones inmediatas.

El fallo le da diez días a la Alcaldía de Bogotá, para que culmine con el proceso de caracterización de los Embera y proceda al traslado de los indígenas a un lugar provisional.


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Para la Personería, como guardianes de los derechos de toda la población, este no es un caso aislado, ya que en visitas realizadas y quejas presentadas directamente por la comunidad indígena en reiteradas oportunidades han expresado: “conocemos que actualmente hay varios niños enfermos y solicitan urgentemente la presencia de un pediatra. Por lo que de no adoptarse medidas previas existe el riesgo de presentarse la misma situación respecto de otras personas y peor aún de otros menores”.

En la decisión del Juzgado, se exige también a los dirigentes de las comunidades asentadas en el Parque Nacional, que permitan el ingreso de las entidades distritales para realizar la caraterización de la población y la prestación de los servicios requeridos.