Colombia es un Estado Social de Derecho, y, por tanto, a su amparo, los diferentes sectores sociales -entre ellos, el sector campesino- gozan de los mismos derechos, libertades, oportunidades y garantías. No pueden ser sometidos a discriminación.
El artículo 13 de la Carta Política destaca que el Estado está obligado a promover las condiciones indispensables para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados, como lo ha sido el sector campesino. Es necesario que los gobiernos vuelvan la mirada hacia el campo y que la actividad estatal se despliegue, con el objeto de otorgar a los campesinos y a sus familias mejores condiciones, dentro de un criterio de dignidad humana. Son sujetos de especial protección constitucional.
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