Sobre “Los errores del 91 o la Constitución Descuartizada” trata el libro recién editado por la Universidad La Gran Colombia, del abogado y periodista Ricaurte Lozada Valderrama, que abarca temas de palpitante actualidad y crisis del Estado, cuando en pocos días se producirá el cambio de gobierno. Es una obra de 500 apretadas páginas, en la que con propiedad y meticulosidad, estudia diversos aspectos que se refieren a la anarquía provocada por las contradicciones jurídicas y las contrarreformas que se han producido por cuenta de las cortes y del Congreso de la Republica.
Comenta el autor que, siendo senador de la República, apenas a seis meses de entrar en vigencia la Carta del 91, advirtió que “los constituyentes estiman que el estatuto superior debía tener muchas materias y desarrollarlas allí mismo, lo que condujo a un articulado excesivo y extenso, convirtiéndolo en uno de los tres más largos del planeta, con 150 artículos y 59 transitorios. Los otros son el de la India que tiene 448 y el de Yugoeslavia 406. Y preocupa con las 48 reformas que ha tenido, es aún más extensa. Tenía razón el historiador Cornelio Tácito, cuando hace dos mil años, afirma que mientras más corrompida está la República, más leyes tiene”. Y yo agrego: eso sin contar los trescientos y tantos farragosos artículos de la mini constituyente de La Habana del gobierno Santos con las Farc, que algunos vivos o dementes pretendían convertir dizque en bloque de constitucionalidad.
La historia de nuestra evolución constitucional tiende a exaltar las distintas reformas y de manera emotiva agregar que son sesudas innovaciones, cuando suelen ser copias de las de otras naciones, que, de improviso, ni son aplicables aquí.
En nombre del radicalismo demagógico del siglo XIX y de la igualdad, se abolieron varias de las sabias disposiciones del Imperio Español que protegían a la población indígena más vulnerable, como es el caso de los resguardos. Por ejemplo, Francisco de Paula Santander, abolió las disposiciones coloniales contra la usura respaldadas por la Iglesia Católica y liberó el costo de los préstamos, lo que da lugar a las peores especulaciones financieras, la injusticia y el despojo y ruina de los deudores morosos de manera impiadosa. Cuando se escriba una verdadera historia constitucional nuestra, estos temas deberán ser analizados a fondo.
¿Ad portas del régimen parlamentario?
Ricaurte Lozada se pregunta ¿avanzamos al régimen parlamentario? Ello dado que a contrapelo de los sucesivos escándalos en los que se ven envueltos los congresistas, por cuanto se introduce la moción de censura a los ministros, que en la práctica es casi que inaplicable. En ese punto disentimos de su reflexión porque en un sistema presidencialista, como el de los Estados Unidos, es posible avaluar o vetar a los miembros del gabinete. Función primordial de los representantes del pueblo es la de sancionar moralmente a los altos funcionarios del gobierno en los casos que lo determine la ley de leyes.
Señala, también, que a través del Acto Legislativo 1 de 2007, se amplía la moción de censura. Ya no sólo cobija en el orden nacional a los ministros, sino a los directores de los departamentos administrativos y superintendentes, por asuntos relacionados a funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso. Una vez aprobado, el funcionario queda separado del cargo” y advierte que por esa vía se estaría avanzando al régimen parlamentario. Lo que se contradice con la ineficacia y morosidad famosa de la Comisión de Acusaciones, que de funcionar normalmente sería un instrumento formidable para depurar el Ejecutivo.
Valiosa resulta la crítica al sistema de justicia, que por errores de la misma resultó colegiada y dual. Cuanta con varias cabezas que compiten entre ellas y que parecen tener las más de las veces intereses contrapuestos. Las Cortes actúan de manera independiente, por lo que no pocas veces chocan; y siguen los magistrados sin un juez real y efectivo.
Un capítulo que los ilusos de este país debieran consultar se refiere a que la Constitución del 91 no ha logrado la paz. Es esencial entender que la paz no se consigue por decreto, es una conquista de la civilidad.
El escrito no es un memorial de agravios. Reconoce la bondad de varios de los artículos de la Carta de 1991, como de la acción de la justicia y sostiene que ni el Congreso, ni las cortes se reforman por aferrarse con desespero a sus fueros. Su análisis sobre los diversos casos de inoperancia y trastornos que genera una Carta Magna descuartizada -que contribuye a anarquizar más el sistema- concluye que la salida política sería ir a una constituyente.