El informe de la CIDH (I) | El Nuevo Siglo
Viernes, 9 de Julio de 2021

Del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) puede afirmarse que, con sus observaciones y recomendaciones, atizó la polarización que supuestamente le preocupaba. Para justificar sus insólitas conclusiones, acudió a fuentes innominadas, siempre provenientes de organizaciones que incitaron, organizaron, colaboraron y participaron en la orgía de destrucción que el país tuvo que soportar en los últimos dos meses. Construyó así un escenario sobre hechos y conductas no verificadas, ni contrastadas, que tuvo como verdades para legitimar el vandalismo que empañó y desnaturalizó la protesta social que se presumía pacífica. No se percató de las 564 noticias criminales que dan cuenta de la destrucción de mobiliario público y privado, de un sinnúmero de establecimientos comerciales, de oficinas bancarias, y sus cajeros automáticos, de monumentos, peajes y estaciones de combustible y de sus altos costos que, sumados a los derivados de los bloqueos de vías, alcanzan más de 14 billones de pesos.

Desestimó el relato de las víctimas, ciudadanos, policías, y representantes del sector productivo y de la salud y de los pacientes del covid que murieron por la escasez de oxígeno y medicamentos que no llegaron a su destino. Y lo hizo en el lenguaje propio de la jerga progresista, en el que todo pretendido fenómeno social y toda conducta se revisten de naturaleza estructural y sistemática para satanizar las realidades contrarias a los mandatos de su credo ideológico.

A los violentos los califica de grupos ajenos a las protestas, pero a la policía, que cumplía con su deber, le atribuye siempre el uso excesivo de la fuerza. Omite referirse a los deberes de los manifestantes, atribuye a los bloqueos expresiones pacíficas y culturales y caracteriza las manifestaciones como reivindicaciones estructurales e históricas de la sociedad colombiana, consistentes en discriminación étnico-racial y de género. Presume que nuestra institucionalidad es violenta, y se excede en sus funciones, lo que le permite interpretar las normas a su acomodo.

Incurre en activismo que la autorice para asumir posiciones políticas e ideológicas. Olvida que los derechos amparados, de expresión, reunión y movilidad que se expresan en la protesta, pueden suspenderse, limitarse o regularse cuando la violencia afecte el orden público, la seguridad ciudadana y la salud pública, mediante el uso legítimo de la fuerza, si fuere necesario, para garantizar los derechos de terceros y evitar el abuso del derecho. Al Estado le corresponde decidir cuándo y en dónde se puede ejercer la protesta y rodear a los ciudadanos de todas las garantías para que sea pacífica. Constituye un deber ineludible del Estado.

Creer que sus recomendaciones obligan la llevó a entrometerse en el diseño institucional del Estado, en lo atinente a la Policía Nacional, a pronunciarse sobre el acuerdo de paz y a disponer un mecanismo de seguimiento para Colombia. Pretensión que equivale a un prevaricato en estrados judiciales y revela, no solamente sus fuentes de insumos, sino también su prepotencia y objetivos políticos que le pueden significar su pronta sepultura. Ese tema será objeto del próximo artículo.   

 

 

Todavía no hay comentarios Sé el primero en opinar sobre esta noticia.

Comparte tu opinión

Inicia sesión o crea tu cuenta para comentar esta noticia.