Hilando delgado
“Riqueza de la Nación no puede ir a bolsillos particulares”
“EL Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes”. Artículo 332 de la C.P; artículo 202 de la derogada Carta de 1886.